Publicado: 04/05/2007
Boletin Oficial

INTERVENCION DEL SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL (BO)

Resolución 480/2007 - Ministerio de Defensa - SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL - Interviénese el citado organismo actuante en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento del Ministerio de Defensa. Desígnase Interventor.

Bs. As., 25/4/2007
Publicación en B.O.: 2/5/2007

VISTO el Decreto Nº 1689 del 22 de noviembre de 2006, el expediente del registro del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 14.278/2006, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto citado en el VISTO se transfirió a partir del 1º de enero de 2007, el SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, organismo dependiente del COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA, al ámbito de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, junto con la totalidad de las unidades organizativas que lo integran con sus respectivas competencias, créditos presupuestarios, cargos y horas de cátedra incluidos en el Programa 23 SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL de la SUBJURISDICCION 45.23 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA del Presupuesto del corriente ejercicio y bienes patrimoniales registrados a su cargo.

Que por el mismo acto se dispuso que hasta tanto el MINISTERIO DE DEFENSA eleve la propuesta de estructura organizativa del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL hasta el primer nivel operativo, incluyendo el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, y su correspondiente Planta Permanente y Planta No Permanente, así como la estructura y composición de su financiamiento, quedarían vigentes las unidades organizativas existentes, con la asignación de los respectivos niveles y grados de revista previstos en el Régimen del Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas, el que a partir del 1º de enero de 2007, revistaría en comisión de servicios con destino en el MINISTERIO DE DEFENSA - SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

Que, a fin de garantizar la normalización del servicio durante el proceso de transferencia dispuesto por el Decreto Nº 1689/06, procede designar un funcionario civil, especialista en la materia.

Que en virtud de lo expuesto corresponde, como primera medida, disponer la intervención del referido órgano y la designación del funcionario que, inicialmente, se haga cargo de la misma, como, asimismo, la designación de un subinterventor, que auxilie a aquél y pueda, en caso de ausencia o impedimento, reemplazarlo.

Que el Doctor Héctor Horacio CIAPPESONI —agente civil de la planta del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL— y el Licenciado Oscar Alberto DOMENELLA —quien presta servicios en este Ministerio— reúnen las condiciones adecuadas para desempeñarse, respectivamente, como Interventor y Subinterventor del organismo de cuya intervención se trata.

Que la intervención que por la presente se dispone tendrá todas las atribuciones que las normas asignan al SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL y a sus autoridades; y, además, las que resulten necesarias para el efectivo cumplimiento de la finalidad de la intervención, antes referenciada.

Que la intervención sustitutiva constituye una facultad implícita en la potestad jerárquica, aceptada en el ámbito del Derecho Administrativo cuando resulta necesaria para restablecer la normalidad del servicio administrativo de que se trate, y se advierten como insuficientes los medios ordinarios y propios del poder jerárquico (v., entre otros, LINARES, Juan F., Derecho Administrativo, pág. 332 y ss., Astrea, Buenos Aires, 2000; y CASSAGNE, Juan Carlos, Derecho Administrativo, t. I, pág. 261, LexisNexis, Buenos Aires, 2006).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 4º, inciso b), apartado 9º, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992).

Por ello, LA MINISTRA DE DEFENSA RESUELVE:

Artículo 1º — Interviénese el SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, organismo en el ámbito de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del día siguiente al de la fecha del dictado de esta medida.

Art. 2º — Desígnase como Interventor del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL al Doctor Héctor Horacio CIAPPESONI (D.N.I. Nº 4.395.318) y como Subinterventor al Licenciado Oscar Alberto DOMENELLA (D.N.I. Nº 14.886.443).

Art. 3º — El Interventor procederá en lo inmediato a tomar posesión del órgano intervenido y tendrá todas las atribuciones que las normas asignan al SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL y a sus autoridades, cumpliendo y haciendo cumplir las tareas asignadas en competencia a aquél; y, además, las que resulten necesarias para el efectivo cumplimiento de la finalidad de la intervención que aquí se dispone, a saber, garantizar la normalización del servicio durante el proceso de transferencia dispuesto por el Decreto Nº 1689/06.

En particular podrá:

a) Disponer la continuidad o no del personal militar en comisión de servicios afectado al SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

b) Actualizar el inventario de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL y/o afectado exclusivamente a su uso.

c) Proponer las reestructuraciones que considere pertinentes a los fines de proceder al mejor cumplimiento de los objetivos del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

Art. 4º — Establécese que el Interventor designado en el artículo 2º elevará mensualmente al SECRETARIO DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA un informe pormenorizado de la gestión llevada a cabo.

Art. 5º — La presente medida no implica erogación alguna para el presupuesto de la jurisdicción.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Nilda Garré.